Home / Publications / Osiptel establece Procedimiento de Emisión de Ma...

Osiptel establece Procedimiento de Emisión de Mandatos

Alerta Legal | Administrativo y Regulatorio

El sábado 23 de marzo se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” la Resolución de Consejo Directivo Nº 00079-2024-CD/OSIPTEL, mediante la cual se aprueba la Norma que establece el Procedimiento de Emisión de Mandatos (en adelante, “la Norma”). 

Esta tiene como objeto establecer disposiciones aplicables en los procedimientos de emisión de mandatos de las relaciones del segmento mayorista de los servicios públicos de telecomunicaciones que se encuentran bajo la competencia del Osiptel. 

El ámbito de aplicación de la norma subsume a las empresas y entidades que participan en las siguientes relaciones y/o materias:

  1. La interconexión.
  2. La compartición de infraestructura.
  3. El acceso como Operador Móvil Virtual.
  4. La provisión de facilidades de red de Operador de Infraestructura Móvil Rural.
  5. El servicio de Roaming Nacional. 

Adicionalmente, la Norma se aplica a las empresas y entidades que participan en la liberación de interferencias de servicios de telecomunicaciones

A continuación, resaltaremos las disposiciones más importantes en relación al procedimiento de negociación y emisión de mandato.

Sobre la negociación

La negociación inicia cuando la Empresa Solicitante remite la comunicación, debidamente notificada, a la Empresa Solicitada, a efectos de establecer o modificar una relación mayorista y/o el acogimiento a una oferta básica o referencial aprobada por el Osiptel. 

Para efectos del inicio del cómputo del plazo, la solicitud debe contener toda la información exigible según la normativa específica y la propuesta de contrato (en los casos que corresponda).

Es importante indicar que la Segunda Disposición Complementaria Final dispone un plazo de 30 días hábiles para que la Gerencia General emita la Guía Orientativa para la negociación y presentación de solicitudes de emisión de mandato. Dicho plazo vence el 08 de mayo de 2024. 

Sobre el procedimiento para la emisión del Mandato

El interesado deberá presentar su solicitud de emisión de mandato ante el Osiptel con la siguiente información: (i) comunicaciones cursadas entre las pares durante la etapa de negociación, (ii) declaraciones juradas de contar con los títulos habilitantes vigentes, (iii) declaraciones juradas de encontrarse al día en sus pagos en el marco de la relación mayorista solicitada. Cabe mencionar que los documentos que la solicitud debe ser coherentes con las negociaciones. 

De ser procedente la solicitud, el Osiptel podrá convocar a una Mesa facilitadora de acuerdos a solicitud de las partes o de oficio. 

Es importante indicar que en caso la empresa solicitante no responda algún requerimiento de información realizado por el Osiptel durante el procedimiento de mandato, este se dará por terminado. 

Una vez emitido el Mandato y publicado en El Peruano, cabe la interposición de un Recurso Especial contra Mandatos ante el Consejo Directivo en el plazo de 15 días hábiles posteriores a la publicación. 

Asimismo, la Norma indica que el Mandato terminará de pleno derecho por lo siguiente:

  • En caso no se implemente en el plazo establecido por causas atribuibles al solicitante
  • En caso la empresa solicitante sin causa no realiza el pago integral de la retribución no de cualquier otra obligación económica dispuesta en el mandato, por más de tres (3) meses consecutivos o alternados en el año calendario en el que se ejecuta la relación mayorista.
  • Exista pronunciamiento de la autoridad competente que concluya que la Empresa Solicitante ha generado daños a la propiedad de la Empresa Solicitada.
  • Exista pronunciamiento de la autoridad competente que concluya que la Empresa Solicitante ha utilizado la infraestructura, o ha desplegado sus elementos de red en propiedad de la Empresa Solicitada, sin previa autorización.

Finalmente, se deroga el artículo 52 de las Disposiciones Complementarias de la Ley de Acceso a la Infraestructura de los Proveedores Importantes de Servicio Públicos de Telecomunicaciones y el artículo 3 del Procedimiento aplicable para la emisión de Mandatos de Compartición solicitados en el marco de la Ley Nº 29904.

Source
Resolución Nº 00079-2024-CD/Osiptel
Read more